Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 3.17.8: Clave en el RFC en deducciones personales erogadas con residentes en el extranjero
En pocas palabras
Para efectos de los artículos 151 de la Ley del ISR y 265 de su Reglamento, las personas físicas que hicieron erogaciones en el extranjero consideradas deducciones personales pueden poner un RFC genérico en su declaración anual. Usan EXT990101NI4 si el comprobante lo expidió una persona física residente en el extranjero, o EXT990101NI9 si lo expidió una persona moral residente en el extranjero, según corresponda.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 151 de la Ley del ISR y 265 de su Reglamento, las personas físicas que hayan efectuado erogaciones en el extranjero y que en los términos de dicha Ley sean consideradas como deducciones personales, podrán consignar en el llenado de la declaración anual, la clave en el RFC genérico: EXT990101NI4, tratándose de documentación comprobatoria expedida por personas físicas residentes en el extranjero, o bien, la clave en el RFC genérico: EXT990101NI9 cuando se trate de documentación comprobatoria expedida por personas morales residentes en el extranjero, según corresponda.
LISR 151, RLISR 265