Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 3.21.1.1
En pocas palabras
Para efectos de los artículos 189, 190, 202 y 203 de la Ley del ISR (en sus últimos párrafos), señala tres tratamientos que no pueden aplicarse junto con los estímulos fiscales de esos artículos. Son: el régimen del Título II, Capítulo VI, para las sociedades que hubieran optado por él; el del artículo 182, para los contribuyentes que realicen operaciones de maquila; y el del artículo 187, para los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles.
Preguntas relacionadas
- ¿Qué tratamientos fiscales no se pueden aplicar junto con los estímulos fiscales del ISR de los artículos 189, 190, 202 y 203?
- ¿Una empresa que hace operaciones de maquila puede aplicar el estímulo fiscal y el tratamiento de maquila al mismo tiempo?
- ¿Los fideicomisos dedicados a adquirir o construir inmuebles pueden aplicar estímulos fiscales del ISR junto con su régimen especial?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 189, último párrafo, 190, último párrafo, 202, último párrafo y 203, último párrafo de la Ley del ISR, los tratamientos fiscales que no podrán aplicarse conjuntamente con los estímulos fiscales a que se refieren los artículos antes señalados son los siguientes:
I. El señalado en el Título II, Capítulo VI de la Ley del ISR, respecto de las sociedades que hubieran optado por este régimen.
II. El establecido en el artículo 182 de la Ley del ISR, respecto de los contribuyentes que lleven a cabo operaciones de maquila.
III. El señalado en el artículo 187 de la Ley del ISR, respecto de los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles.
LISR 182, 187, 189, 190, 202, 203