fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 3.6.8: Declaración anual de personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades

En pocas palabras

Las sociedades integradoras e integradas que tributen en el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades deben presentar la declaración del ejercicio en la forma oficial 23 "Declaración anual. Personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades. Integradas e integradoras", contenida en el Anexo 1. Esto aplica para los efectos del artículo 70, fracciones IV y V, inciso b) de la Ley del ISR.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 70, fracciones IV y V, inciso b) de la Ley del ISR, las sociedades integradoras e integradas que tributen en el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades a que se refiere el Título II, Capítulo VI de la Ley del ISR, deberán presentar la declaración del ejercicio a través de la forma oficial 23 “Declaración anual. Personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades. Integradas e integradoras” contenida en el Anexo 1.

LISR 59, 70

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