Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 4.3.11: Inversión de los fideicomisos de inversión en energía e infraestructura en fideicomisos de empresas públicas del Estado en la industria eléctrica
En pocas palabras
Para los efectos del artículo 9o., fracción VII de la Ley del IVA, en relación con la regla 3.21.2.8., no se paga IVA por la enajenación de derechos fideicomisarios. Esto aplica cuando la enajenación se hace en los términos de las reglas 3.21.2.2. y 3.21.2.8., entre las empresas públicas del Estado en la industria eléctrica y los fideicomisos que cumplan los requisitos de la regla 3.21.2.1.
Preguntas relacionadas
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 9o., fracción VII de la Ley del IVA, en relación con la regla 3.21.2.8., no se pagará el IVA por la enajenación de derechos fideicomisarios que se realice en los términos de las reglas 3.21.2.2. y 3.21.2.8., entre las empresas públicas del Estado en la industria eléctrica y los fideicomisos que cumplan los requisitos de la regla 3.21.2.1.
LIVA 9o., RMF 3.21.2.1., 3.21.2.2., 3.21.2.8.