fundamento

Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 4.6.1: Calidad de turista conforme a la Ley de Migración

En pocas palabras

Para los efectos del artículo 31 de la Ley del IVA, cuando ese artículo habla de la calidad de turistas conforme a la Ley General de Población, debe entenderse la condición de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Esta condición es la que prevé el artículo 40, fracción I de la Ley de Migración.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 31 de la Ley del IVA, la referencia a la calidad de turistas de conformidad con la Ley General de Población, se entenderá a la condición de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de acuerdo con el artículo 40, fracción I de la Ley de Migración.

LIVA 31, Ley de Migración 40

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