Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 5.1.1: Peso total de los tabacos labrados
En pocas palabras
Para los efectos de los artículos 2o., fracción I, inciso C), tercer párrafo y 5o., segundo párrafo de la Ley del IEPS, el peso total de los tabacos labrados enajenados o importados se debe calcular en gramos. Ese peso total es el que se divide entre 0.75 para determinar el peso sobre el cual se aplica la cuota específica.
Preguntas relacionadas
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- ¿Entre cuánto se divide el peso total de los tabacos labrados para aplicar la cuota específica del IEPS?
- ¿Cómo se determina el peso sobre el cual se aplica la cuota específica en tabacos labrados enajenados o importados?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos de los artículos 2o., fracción I, inciso C), tercer párrafo y 5o., segundo párrafo de la Ley del IEPS, el peso total de los tabacos labrados enajenados o importados que se dividirá entre 0.75 para determinar el peso sobre el cual se aplicará la cuota específica, se deberá calcular en gramos.
LIEPS 2o., 5o.