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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 5.2.15: Información de clientes y proveedores a través del programa “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS)

En pocas palabras

Para efectos del artículo 19, fracción VIII, primer párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes deben presentar la información trimestral o semestral, según corresponda, sobre sus clientes y proveedores. La presentan con el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 1, del Portal del SAT, en los términos de la regla 5.2.1. Se exceptúan los contribuyentes del RIF que sigan tributando en ese régimen conforme a la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 y cumplan con el artículo 5o.-D de la Ley del IEPS vigente a esa fecha.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 19, fracción VIII, primer párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes deberán presentar la información trimestral o semestral, según corresponda, sobre sus clientes y proveedores a través del programa electrónico “Declaración Informativa Múltiple Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI- IEPS) y su Anexo 1, contenido en el Portal del SAT en los términos de la regla 5.2.1., con excepción de los contribuyentes del RIF que, de conformidad con lo establecido en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, en relación con lo señalado en el artículo Segundo, fracción IX de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR, publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021, continúen tributando en dicho régimen, y cumplan con lo indicado en el artículo 5o.-D de la Ley del IEPS vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

LIEPS 19, LIEPS 2021 5o.-D, RMF 5.2.1.

Información de precios de enajenación, valor, volumen, peso total de tabacos labrados y cantidad total de cigarros, así como la cantidad de miligramos de nicotina contenida en los otros productos que contengan nicotina enajenados, a través del programa “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS)

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