Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 5.2.19: Reporte sobre procesos de producción, destilación o envasamiento a través del programa “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS)
En pocas palabras
Los contribuyentes obligados a proporcionar la información a que se refiere el artículo 19, fracción XII, segundo párrafo de la Ley del IEPS deben presentarla mediante el programa electrónico “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS). Deben usar sus anexos 4 o 5, según corresponda, que están en el Portal del SAT en los términos de la regla 5.2.1. La regla aplica para efectos de ese artículo.
Preguntas relacionadas
- ¿Cómo se presenta el reporte de procesos de producción, destilación o envasamiento del IEPS?
- ¿Qué es el programa MULTI-IEPS y para qué sirve?
- ¿Qué anexos del MULTI-IEPS se usan para informar sobre producción, destilación o envasamiento?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 19, fracción XII, segundo párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes obligados a proporcionar la información a que se refiere dicho precepto, deberán presentarla mediante el programa electrónico “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS) y sus anexos 4 o 5, según corresponda, contenidos en el Portal del SAT en los términos de la regla 5.2.1.
LIEPS 19, RMF 5.2.1.