Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 5.2.20: Información de adquisición, incorporación o modificación de equipos a través del programa “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS)
En pocas palabras
Los contribuyentes que adquieran o incorporen nuevos equipos de destilación o envasamiento, modifiquen los instalados o enajenen los reportados deben presentar la información a que se refiere el artículo 19, fracción XII, tercer párrafo de la Ley del IEPS. La presentan mediante el programa electrónico MULTI-IEPS y su Anexo 3, contenido en el Portal del SAT, en los términos de la regla 5.2.1. Esta regla aplica para efectos de ese precepto.
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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 19, fracción XII, tercer párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes que adquieran o incorporen nuevos equipos de destilación o envasamiento, modifiquen los instalados o enajenen los reportados, deberán presentar la información a que se refiere el citado precepto, mediante el programa electrónico “Declaración Informativa Múltiple del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios” (MULTI-IEPS) y su Anexo 3, contenido en el Portal del SAT en los términos de la regla 5.2.1.
LIEPS 19, RMF 5.2.1.