Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 5.2.4: Momento opcional para la adhesión de marbetes
En pocas palabras
Para efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, los contribuyentes que enajenen bebidas alcohólicas con graduación de hasta 14° GL pueden optar por adherir el marbete físico o electrónico una vez que hayan adherido la etiqueta y contraetiqueta del producto. Esto es una alternativa a hacerlo inmediatamente después del envasamiento.
Preguntas relacionadas
- ¿Cuándo puedo adherir el marbete a bebidas alcohólicas de hasta 14° GL?
- ¿Se puede poner el marbete después de la etiqueta y contraetiqueta en vez de justo después del envasado?
- ¿Qué bebidas alcohólicas pueden adherir el marbete físico o electrónico hasta después de la contraetiqueta?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, los contribuyentes que enajenen bebidas alcohólicas con una graduación de hasta 14° GL., podrán optar por adherir el marbete físico o electrónico cuando hayan adherido la etiqueta y contraetiqueta del producto, en lugar de hacerlo inmediatamente después de su envasamiento.
LIEPS 19