Resolución Miscelánea Fiscal para 2026
Regla 5.2.8: Procedimiento para la solicitud y entrega de marbetes o precintos
En pocas palabras
Los contribuyentes del IEPS obligados a adherir marbetes o precintos deben solicitarlos en el Portal del SAT, siempre que cumplan la regla 5.3.1. y el Anexo 2. La autoridad resuelve dentro de los ocho días siguientes a la solicitud; si pidió información, el plazo corre desde que se cumple el requerimiento. Quienes tengan domicilio fiscal en ciertas ADSC los recogen en lugares señalados, con cita registrada en 30 días naturales desde el día siguiente a la notificación de la autorización; si no, esta queda sin efectos. Hay reglas para 500,000 o más marbetes físicos y para bebidas importadas en almacén general de depósito.
Preguntas relacionadas
- ¿Cómo se solicitan los marbetes o precintos del IEPS en el Portal del SAT?
- ¿Cuántos días tiene el SAT para resolver una solicitud de marbetes o precintos?
- ¿Qué pasa si no registro la cita para recoger mis marbetes o precintos en el plazo de treinta días naturales?
Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.
Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, los contribuyentes de este impuesto obligados a adherir marbetes o precintos, deberán solicitarlos a través del Portal del SAT siempre que se cumpla con lo señalado por la regla 5.3.1. y lo establecido en el Anexo 2, II. Trámites Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
La autoridad emitirá la resolución correspondiente, dentro de los ocho días siguientes a la presentación de la solicitud de marbetes o precintos, salvo que se haya requerido información o documentación en los términos del artículo 19, fracción XV, segundo párrafo de la Ley del IEPS. En este caso, el término comenzará a correr desde que el requerimiento haya sido cumplido.
Tratándose de los contribuyentes cuyo domicilio fiscal corresponda a alguna de las ADSC que a continuación se señalan, en lugar de recoger los marbetes o precintos solicitados ante la ADSC que corresponda a su domicilio fiscal, se recogerán en los siguientes lugares:
Contribuyentes con domicilio Lugar de entrega de formas fiscal en la circunscripción numeradas territorial de la ADSC de:
Distrito Federal “1” Administración de Servicios Tributarios al Contribuyente 5, Distrito Federal “2” Almacén de Marbetes y Precintos. Distrito Federal “3”
Distrito Federal “4” Calzada Legaria, núm. 662, Col. Irrigación, Alcaldía Miguel Hidalgo, México “1” C.P. 11500, Ciudad de México. México “2”
Hidalgo “1”
Morelos “1”
Tlaxcala “1”
Puebla “1”
Puebla “2”
Guerrero “1”
Querétaro “1”
Guanajuato “3”
Jalisco “1” ADSC de Jalisco “1”.
Jalisco “2” Av. De las Américas 833, P.B., entre Florencia y Colomos, Col. Jesús Jalisco “3” García, C.P. 44656, Guadalajara, Colima “1” Jal. Nayarit “1”
Aguascalientes “1”
Zacatecas “1”
Guanajuato “2”
Michoacán “1”
San Luis Potosí “1”
Durango “1” ADSC de Durango “1”.
Sinaloa “1” Aquiles Serdán, núm. 314 Ote, Zona Centro, C.P. 34000, Durango, Sinaloa “2” Dgo.
Sonora “1” ADSC de Sonora “1”.
Sonora “2” Centro de Gobierno, Blvd. Paseo del Río Sonora Sur, esq. con Sonora “3” Galena, Sur P.B. edificio Hermosillo, Col. Villa de Seris, C.P. 83280, Hermosillo, Sonora.
Baja California Sur “1” ADSC Baja California Sur “1”
Av. Álvaro Obregón, núm. 320, esq. Ignacio Bañuelos Cabezud y Agustín Arreola, 1er. Piso, Col. Centro, C.P.23000, La Paz, Baja California Sur.
Baja California “1” ADSC de Baja California “2”.
Baja California “2” Fuerza Aérea Mexicana s/n, Col. Centro-Urbano 70-76, C.P. 22410, Tijuana, Baja California.
Contribuyentes con domicilio fiscal en el Municipio de Ensenada, Baja California deberán recoger los marbetes o precintos en el Módulo de Servicios Tributarios ubicado en Av. López Mateos núm. 1306, local 18, edif. PRONAF, entre Av. Espinoza y Mar, Col. Centro, 22800, Ensenada Baja California.
Chihuahua “1” ADSC de Chihuahua “1”.
Chihuahua “2” Calle Cosmos, número 4334, esq. con Calle Pino Col. Satélite, C.P. Coahuila de Zaragoza “2” 31104. Chihuahua, Chih.
Nuevo León “1” ADSC de Nuevo León “1”.
Nuevo León “3” Pino Suárez núm. 790 sur, esq. Padre Mier, Col. Centro, C.P. 64000, Coahuila de Zaragoza “1” Monterrey, Nuevo León. Tamaulipas “3”
Tamaulipas “4”
Nuevo León “2”
Coahuila de Zaragoza “3”
Tamaulipas “5”
Tamaulipas “1”
Yucatán “1” ADSC de Yucatán “1”.
Quintana Roo “2” Calle 1-B, núm. 363, Fraccionamiento. Gonzalo Campeche “1” Guerrero, C.P. 97115, Mérida, Yucatán.
Veracruz “2” ADSC de Veracruz “2”.
Veracruz “4” Paseo de la Niña, núm. 150, entre Avenida de los Reyes Católicos y Veracruz “1” Avenida Marigalante, Col. Fraccionamiento de las Américas, C.P. 94298, Boca del Río, Veracruz.
Chiapas “2” ADSC de Oaxaca “1”
Oaxaca “1” Manuel García Vigil 709, P.B. Col. Centro, C.P. 68000, Oaxaca, Chiapas “1” Oaxaca.
Tabasco “1”
Para recoger los marbetes y precintos en los lugares autorizados señalados con anterioridad, los contribuyentes tendrán un plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente de la notificación del oficio de autorización, para realizar el registro de una cita en el Portal del SAT en la siguiente liga https://citas.sat.gob.mx/ en el apartado de Recepción de formas numeradas (marbetes y precintos), a fin de recoger los marbetes o precintos autorizados.
En caso de que no realice el registro de la cita, o bien, cuente con una cita registrada pero no asista a recoger los marbetes en el plazo a que hace referencia el párrafo anterior, el oficio de autorización quedará sin efectos, lo cual le será notificado vía buzón tributario y deberá iniciar nuevamente el proceso de solicitud de marbetes o precintos.
Quienes de acuerdo con lo anterior deban recoger los marbetes o precintos que les fueron autorizados en alguna de las 10 ADSC autorizadas señaladas anteriormente, podrán optar, por recogerlos en el Almacén de Marbetes y Precintos en la Ciudad de México, cuando así lo señalen en el sistema al momento de registrar la solicitud de marbetes o precintos.
Los marbetes físicos que se soliciten en cantidad igual o superior a 500,000, se deberán recoger en el Almacén de Marbetes y Precintos en la Ciudad de México.
Tratándose de bebidas alcohólicas de importación, las cuales se encuentren en Almacén General de Depósito, la autoridad fiscal proporcionará al contribuyente el número de marbetes igual al de los envases que se encuentren en el Almacén General de Depósito. Cuando se hayan pagado derechos por un número mayor de marbetes, se podrá solicitar la devolución por el monto de la diferencia.
Para solicitar información relacionada con su trámite de solicitud de marbetes o precintos, deberá presentar un caso de orientación en el Portal del SAT.
LIEPS 19, RMF 5.3.1.