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Resolución Miscelánea Fiscal para 2026

Regla 7.26: Deducción de inversiones del derecho especial sobre minería

En pocas palabras

Esta regla aplica para efectos del artículo 268, tercer párrafo, inciso a) de la Ley Federal de Derechos, sobre el derecho especial de minería. Establece que las inversiones realizadas para la prospección y exploración minera se deducen según el porcentaje de depreciación que les corresponda conforme a la Ley del ISR.

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Resumen escrito con IA a partir del texto oficial; el texto oficial es el que vale.

Para los efectos del artículo 268, tercer párrafo, inciso a) de la LFD, se entenderá que las inversiones realizadas para la prospección y exploración minera serán deducibles atendiendo al porcentaje de depreciación que corresponda conforme a la Ley del ISR.

LFD 268, LISR 32, 33

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