fundamento

¿Cómo puedo distinguir si la devolución que me corresponde es por saldo a favor o por pago indebido?

Según el criterio del SAT, el pago de lo indebido son las cantidades que enteraste en exceso, es decir, montos que no adeudas al Fisco pero que pagaste por haber cubierto una cantidad mayor a la que impone la ley [SAT 24]. En cambio, el saldo a favor no nace de un error de cálculo, aritmético o de apreciación de los elementos de la obligación, sino de aplicar la mecánica que establece la ley de la materia [SAT 24]. Ambos supuestos dan derecho a devolución conforme al artículo 22 del CFF [CFF 22]. Por ejemplo, en IVA, si tu declaración de pago resulta con saldo a favor, puedes acreditarlo o solicitar su devolución sobre el total [LIVA 6]. Los artículos que encontré no completan el criterio SAT 24 en su parte final (cuando la devolución deriva del cumplimiento de una sentencia), por lo que ese supuesto no puedo precisarlo.