¿La leche saborizada o de otras especies también está exenta del IVA?
Precisión previa: en IVA la leche no está exenta, sino gravada a tasa del 0%, que es distinto de la exención.
La enajenación de productos destinados a la alimentación se grava a tasa del 0%, salvo las bebidas distintas de la leche [LIVA 2-A]. Según el criterio del SAT, la leche incluye la secreción natural de las glándulas mamarias de las vacas o de cualquier otra especie animal, excluido el calostro, siempre que cumpla la regulación sanitaria y comercial aplicable [SAT 96]. Por ello, la leche de otras especies también queda a tasa del 0%. La leche saborizada igualmente queda comprendida, siempre que cumpla las especificaciones de las NOM-155-SCFI-2012 y NOM-243-SSA1-2010 [SAT 96]. Los textos dados no completan el resto del criterio SAT 96, así que no puedo confirmar otras condiciones que pudiera contener. Los productos lácteos y lácteos combinados son una categoría distinta de la leche, y su tratamiento en IVA no se desprende de los artículos que encontré.