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¿Las entidades públicas como estados y municipios deben pagar IVA al importar mercancías?

Sí. La Federación, los Estados, los Municipios y sus organismos descentralizados deben aceptar la traslación del IVA y, en su caso, pagarlo y trasladarlo, aunque otras leyes o decretos los eximan de impuestos federales [LIVA 3]. El artículo 3 los libera de pagar el impuesto solo por los actos que den lugar al pago de derechos o aprovechamientos [LIVA 3]. Pero el SAT sostiene que esa exención no aplica a las importaciones, porque el derecho de trámite aduanero se paga por el servicio de trámite y no por el acto de importar; por eso deben pagar el IVA aun cuando paguen ese derecho [SAT 105]. El IVA pagado en la importación solo lo pueden acreditar si se identifica exclusivamente con actividades gravadas por la ley o a tasa de 0% [LIVA 3], [LIVA 28]. Las normas dadas no precisan qué mercancías concretas están exentas por la importación en sí, salvo la consulta posible para las que no estén en el Anexo 27 de las RGCE [RMF 4.4.4].