¿Las vacunas y medicamentos homeopáticos que mezclo con otros productos están exentos del IVA?
No están exentos: en el IVA, las medicinas de patente no son exentas sino que tributan a tasa del 0% [LIVA 2-A]. Se consideran medicinas de patente las especialidades farmacéuticas, los antígenos o vacunas, incluyendo las homeopáticas y las veterinarias [RLIVA 7].
Sin embargo, el criterio del SAT indica que cualquier producto que, para clasificarse como medicina de patente, requiera mezclarse con otras sustancias o productos, o sujetarse a un proceso industrial de transformación, debe gravarse a la tasa general del IVA [SAT 92]. Por lo tanto, si el producto que mencionas necesita esa mezcla para ser medicina de patente, no aplicaría la tasa del 0% sino la tasa general. Los artículos que encontré no precisan cuál es esa tasa general, y tampoco permiten determinar tu caso concreto, que depende de si el producto ya es una medicina de patente al enajenarse o si es una sustancia base para producirla.