fundamento

¿Los medicamentos que recibo en el hospital están gravados con la tasa general del IVA?

Sí, cuando los medicamentos se proporcionan como parte de los servicios durante tu hospitalización, directamente o mediante un paquete de atención especial, el SAT los considera gravados a la tasa general del 16% [SAT 93]. La razón es que se trata de la prestación genérica de un servicio y no de la enajenación de medicinas de patente, que sí estaría a tasa 0% conforme al artículo 2-A, fracción I, inciso b) [LIVA 2-A] [SAT 93]. Esto aplica a medicinas de patente, entendidas como especialidades farmacéuticas, estupefacientes, substancias psicotrópicas y antígenos o vacunas [RLIVA 7].

Los artículos no precisan qué ocurre si compras el medicamento por separado en la farmacia del hospital sin que forme parte del servicio de hospitalización, ni el caso de hospitales públicos. Tampoco distinguen el tratamiento de los honorarios médicos, que pueden estar exentos si los presta un médico persona física [LIVA 15] [RLIVA 41].