fundamento

¿Puedo aplicar la tasa 0 % de IVA al contratar servicios para mi empresa agrícola?

Depende del tipo de servicio: la tasa del 0% no aplica a cualquier servicio, solo a los que enumera la ley. Se aplica a servicios como perforación de pozos, riego y fumigación, preparación de terrenos, cosecha, vacunación de ganado, entre otros, siempre que se presten directamente a agricultores o ganaderos y se destinen a actividades agropecuarias [LIVA 2-A]. Se entiende prestado directamente también cuando se contrata con asociaciones que los agrupen o mediante ciertos fideicomisos [RLIVA 11, SAT 103]. Los servicios en invernaderos hidropónicos ya constituidos también van a 0%, pero no los de construir, habilitar o montar el invernadero [SAT 104]. Si el servicio que contratas no está en esa lista (por ejemplo, servicios administrativos o de otro tipo), los artículos que encontré no permiten concluir que aplique el 0%; para ello necesitaría saber qué servicio es.