¿Tengo que pagar ISR por los rendimientos de un fideicomiso que solo sirve para pagar la universidad de mi hijo?
En principio no: la Ley dice que no se consideran ingresos del contribuyente los rendimientos de bienes entregados en fideicomiso, mientras se destinen únicamente a fines como financiar la educación hasta nivel licenciatura de sus descendientes en línea recta, siempre que los estudios tengan reconocimiento de validez oficial [LISR 90]. El SAT precisa que esto exige que usted sea el fideicomitente (quien transmitió bienes o dinero a la fiduciaria para ese fin) y ascendiente en línea recta de quien estudia [SAT 146]. Si los rendimientos se destinan a algo distinto, o el nivel no es licenciatura o la escuela no tiene validez oficial, no aplicaría el supuesto, y el SAT considera práctica indebida no acumular esos rendimientos en tales casos [SAT 146]. Además, usted debe informar a las autoridades, en los medios y formatos que el SAT señale, las cantidades recibidas al presentar la declaración anual del ejercicio en que se obtengan [LISR 90]. Los textos dados no detallan el formato de ese aviso ni sus fechas, así que eso queda pendiente de revisar.