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¿Tengo que pagar IVA e IEPS por productos nacionales que vendo en una tienda duty free?

Según el criterio normativo del SAT, si la mercancía nacional se destina al régimen de depósito fiscal para su exposición y venta en tiendas "Duty Free", se aplica la tasa del 0% de IVA y, en su caso, no se paga el IEPS [SAT 118]. Esto se debe a que la ley considera exportación la que tenga carácter definitivo en términos de la Ley Aduanera, y se entiende que las mercancías nacionales en depósito fiscal para su exportación fueron exportadas definitivamente desde que quedan en ese régimen [SAT 118], [LIVA 29]. Tasa 0% no significa exención: el IVA se calcula, pero a tasa cero [LIVA 29].

Con los artículos que encontré no puedo precisar en qué casos aplica la exención del IEPS, pues el criterio remite al artículo 8o., fracción II de la Ley del IEPS, que no se me dio [SAT 118]. Tampoco aparecen los requisitos del régimen de depósito fiscal en la Ley Aduanera. Si vendes bebidas alcohólicas, el reglamento exige adherir a los envases una etiqueta con los datos de identificación de la tienda libre de impuestos [RLIEPS 15].